jueves, 21 de marzo de 2013

DIEZ ASESINATOS AL PRECIO DE UNO

Ayer tenía lugar en Estrasburgo la vista de la Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) en la que se ha debatido sobre la derogación o convalidación de la doctrina Parot, doctrina establecida por el Tribunal Supremo en el año 2006.

En esta vista se va a decidir sobre el recurso presentado por el Gobierno de Rajoy contra la sentencia dictada por el TEDH que condenaba a España por haber vulnerado los derechos humanos de la etarra Inés del Río, condenada a más de 3.000 años de prisión por el asesinato de 23 Guardias Civiles.

En esencia, dicha doctrina no es más que un criterio jurisprudencial sobre el sistema de ejecución de las penas.

Como todos sabemos en España no existe la cadena perpetua, existiendo un máximo de cumplimiento que oscila en la actualidad entre los 20 a los 40 años según los casos.

Los beneficios penitenciarios suponen una reducción de la pena y la cuestión es decidir si se aplican sobre cada una de las penas impuestas consideradas por separado, como se establece con la doctrina Parot, o sobre el máximo legal de cumplimiento, esto es, los 20 a 40 años señalados anteriormente como tope máximo.

A mi juicio, la doctrina Parot no modifica ninguna Ley, ni supone ninguna vulneración de derechos humanos, sino que viene a mejorar técnicamente la interpretación de la norma penal para hacer justicia y evitar que los delitos cometidos a bulto salgan más “baratos” que individualmente considerados.

La lógica y el sentido común deben imponerse. No es comprensible que un etarra que asesina a sangre fría a diez personas, entre ellas cinco niños, como es el caso de Juan José Zubieta, responsable de la matanza de Vic y que fue condenado a 1.851 años de cárcel, pueda salir de prisión habiendo cumplido menos de 22 y con un coste por cada asesinato de poco más de 2 años. O el etarra Kubati, con 13 víctimas a cuestas, condenado a 1.210 años, que podría salir ahora de prisión habiendo cumplido apenas 26  y con un coste por asesinato de tan sólo dos años… llegando al sinsentido de que saltarnos un STOP, hoy en día, a cualquiera de nosotros puede suponernos más pena que a éstos un asesinato.

Como es natural EH Bildu, así como el colectivo de apoyo a los presos de ETA, están a favor de la derogación de la doctrina Parot, lo que no me sorprende en absoluto, pues serían los presos más beneficiados con esta derogación. Lo que llama poderosamente la atención es conocer que el Juez del TEDH, el español Luis López Guerra, que se incorporó al Tribunal de Estrasburgo en 2007, después de haber sido desde 2004 el número 2 de Justicia con el Gobierno de Zapatero, votara a favor de la excarcelación de la etarra Del Río, arrastrando, a juicio de la Asociación de Víctimas del terrorismo, al resto de los miembros del Tribunal.

Quizás pensó que éste era un paso para favorecer el denominado proceso de paz entre ETA y Zapatero.

Esperemos que ahora reconsidere esta posición, pues sigue formando parte del Tribunal, ya que el juez del Estado contra el que se dirige la causa por supuesta vulneración de Derechos Humanos debe formar parte del mismo.

Por su parte la etarra Del Río, apellido de “grandes y profundas raíces vascas”, ha encomendado su defensa a un despacho de abogados inglés, que la estarán defendiendo en inglés, porque los proetarras sólo utilizan el euskera en España, para que no los entendamos. Así son ellos de especiales.

Pero sea la que sea la lengua utilizada, cruzaremos los dedos para que el resultado de la sentencia sea acorde a la lógica y al sentido común.